LA INEQUIDAD Y DESIGUALDAD EN LOS SISTEMAS
DE ESTÍMULOS UNIVERSITARIOS PARA LAS
ACADÉMICAS MADRES TRABAJADORAS
AUTORAS
Diana del Consuelo Caldera González
Doctora en Estudios
Organizacionales, dccaldera@ugto.
mx
Ma. Eugenia Sánchez Ramos
Doctora en Arquitectura y
Urbanismo, maru_sanchezr@
hotmail.com
Celestina González González
Candidata a Maestra en
Administración, celeste_amk@
hotmail.com
Maestría en Administración (PNPC-
CONACYT), División de Ciencias
Económico Administrativo,
Campus Guanajuato, Universidad
de Guanajuato, Fraccionamiento I,
Colonia el Establo S/N, Guanajuato,
Guanajuato, México. Tel (473)
7352900, Ext. 2921 y 2910.
Resumen
Se aborda la experiencia
de algunas investigadoras
universitarias cuyo desempeño
académico no ha sido cabalmente
reconocido por el sistema de
estímulos de su Universidad, en
uno de los casos por el hecho de
no haber impartido clases frente
a grupo por un periodo de tres
meses, periodo durante el cual
tuvo incapacidad por maternidad.
El objetivo es resaltar la incapacidad
de algunos órganos decisores
al interior de las Universidades
para reconocer que, no obstante,
la búsqueda de equidad entre
hombres y mujeres, existen
algunos principios biológicos que
nos diferencian, los cuales deben
asumirse y respetarse sin que esto
menoscabe el ámbito económico
y laboral de unos y otros.
Para tal n, se utiliza la investigación
documental para realizar un
esbozo general respecto al marco
jurídico nacional e internacional
que protege los derechos de las
madres trabajadoras, lo cual será
complementado con base en
entrevistas y posteriormente se
contrastan los elementos jurídicos
internos y externos del sistema
universitario con la nalidad de
establecer las inconsistencias
legales y las omisiones en el caso
especíco de la maternidad,
en los sistemas de estímulos
universitarios.
Entre las conclusiones se encuentra
que no obstante la existencia de
diversas disposiciones legales
que protegen a las madres
trabajadoras, en las Universidades
existe aún la negación y la
imposibilidad para reconocer a
la maternidad, la gestación, el
parto, el puerperio y la lactancia,
como derechos que tiene la
mujer, debiéndose evitar la
limitación, restricción o privación
de los derechos laborales de las
trabajadoras universitarias, en
este caso el reconocimiento del
desempeño académico a través
del sistema de estímulos.
Palabras clave: Inequidad,
desigualdad, madres trabajadoras
6
.
Universidad Politécnica de Guanajuato
Recepción: 24 de Mayo del 2017; Aceptación: 28 de Junio del 2017
Publicación: 31 de Agosto del 2017
Open Access bajo la licencia CC BY-NC-ND (http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/).
DOI: https://doi.org/10.18583/umr.v2i2.60
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Abstract
The experience of some university researchers
whose academic performance has not been fully
acknowledged by the University’s stimulus system,
in one of the cases due to the fact that they did not
teach classes in front of a group for a period of three
months, during Which had incapacity for maternity.
The objective is to highlight the inability of some
decision-making bodies within the Universities to
recognize that, nevertheless, the search for equality
between men and women, there are some biological
principles that dierentiate us, which must be
assumed and respected without this impairing the
Economic and labor market.
To this end, documentary research is used to make
a general outline of the national and international
legal framework that protects the rights of working
mothers, which will be complemented based on
interviews and later contrast the internal and external
legal elements of the system University in order to
establish legal inconsistencies and omissions in the
specic case of maternity, in university stimulus
systems.
Among the conclusions is that despite the existence
of various legal provisions that protect working
mothers, in universities there is still the denial and
impossibility to recognize motherhood, gestation,
childbirth, puerperium and lactation, as Women’s
rights, and the limitation, restriction or deprivation of
the labor rights of female university workers should
be avoided, in this case recognition of academic
performance through the stimulus system.
Key words: Inequality, inequality, working mothers.
“La paz no es solamente la ausencia de la guerra: mientras
haya pobreza, racismo, discriminación y exclusión
difícilmente podremos alcanzar un mundo de paz”
Rigoberta Menchú
En México la igualdad de género sigue siendo un tema
tabú. Aun cuando las mujeres ocupan más de la mitad
de la población a nivel nacional existe discriminación
y exclusión, lo cual no sólo obstaculiza una sociedad
democrática sino que resta dignidad a la mujer.
De acuerdo con la encuesta Intercensal 2015 del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI,
2016b), en México existe una población total de
119, 530, 753 habitantes, de los cuales la población
femenina representa un 51.42%. En el estado de
Guanajuato existe una población de 4,514,527
habitantes de los cuales el 52.44% son mujeres,
especícamente en el municipio de Guanajuato
hay un total de 145, 626 habitantes, de los cuales la
población femenina es de un 51.79%.
Del 51.79% de la población femenina en el municipio
de Guanajuato el 33.12% tiene alguna ocupación, de
las cuales el 79.58% son asalariadas y un 65.72% se
encuentra en el sector de actividad económico de los
servicios (transporte, gobiernos y otros).
Actualmente las mujeres no sólo se dedican a
actividades laborales sino también a actividades del
hogar, además de ser madres, lo cual representa
una segunda jornada laboral que incluye el llamado
trabajo doméstico no remunerado.
A medida que se ha desarrollado la sociedad, el rol
de la mujer se ha ido transformando poco a poco,
entendiendo a éste como una conducta estereotipada
por la cultura, que por tanto, puede modicarse dado
que se reere a tareas o actividades que se espera
realice una persona por el sexo al que pertenece,
entendiendo por género a una construcción
sociocultural que puede modicarse (INMUJERES,
2004).
Por mucho tiempo se consideró que el papel de la
mujer únicamente estaba en actividades relacionadas
con el hogar y la crianza de los hijos, empero, hoy en
día se pueden ver mujeres en actividades productivas
que antes eran consideradas exclusivas del hombre,
por ejemplo la presencia de las mujeres en la Ciencia.
Así como menciona Tobío (2002), “la extensión de
la actividad laboral femenina rompe la lógica de
la división del trabajo basada en roles de género,
estableciéndose una nueva articulación familia-
empleo a escala individual” (p. 184).
Introducción
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Inequity and inequality in university incentive systems for academic working mothers.
Pese a las inequidades y gracias a la
lucha constante por la igualdad y la
dignidad de la mujer, su papel ha ido
evolucionando en aspectos culturales,
políticos, económicos, sociales y
educativos.
El objetivo de este trabajo es resaltar
la incapacidad de algunos órganos
decisores al interior de las Universidades
para reconocer que, no obstante la
búsqueda de equidad entre hombres
y mujeres, existen algunos principios
biológicos que nos hacen diferentes, los
cuales deben respetarse sin que esto
perjudique nuestro ámbito laboral.
Entendiendo por derechos de las
madres trabajadores “las normas
jurídicas enfocadas a la protección de su
salud, educación, dignidad y desarrollo,
así como la protección de la maternidad
en relación con la mujer misma y el
producto del mismo”
(Kurczyn, 2000, p. 3).
Se utilizó la investigación documental
para realizar un esbozo general
respecto al marco jurídico nacional e
internacional que protege los derechos
de las madres trabajadoras, lo cual fue
complementado con base en entrevistas
y posteriormente se contrastaron los
elementos jurídicos internos y externos
con la nalidad de establecer las
inconsistencias legales y las omisiones
en el caso especíco de la maternidad en
los sistemas de estímulos universitarios.
“La maternidad es un estado que exige un
trato diferente para poder respetar una
auténtica igualdad y, en tal sentido, es más
una premisa del principio de igualdad que
una excepción del mismo. Se han de tomar
medidas especiales de protección de la
maternidad para que las mujeres puedan
cumplir su función de madres, sin que resulten
marginalizadas del mercado de trabajo”
(OIT, 2010).
Con base en el INEGI (2016a), en el año
de 1960 las mujeres tenían en promedio
siete hijos, actualmente la tasa de
fecundidad es de 2,21 hijos por mujer;
este porcentaje varía conforme a la edad,
por ejemplo, entre las adolescentes de
12 a 19 años, el 85% han tenido al menos
un hijo, al igual que el 59.2% de mujeres
de entre 20 a 24 años.
Referente a la situación conyugal, el
10.1% de las mujeres de 12 años y más
con al menos un hijo nacido vivo son
viudas, 8.4% son separadas y 2.8% están
divorciadas. Destaca el hecho de que
6.5% son solteras, y de las mujeres
casadas (3.5%) y en unión libre (4.9%), su
cónyuge reside en otra vivienda
(INEGI, 2016a).
Para 2015 existían 31.9 millones de
hogares y en 85% de estos, había al
menos una mujer con hijos nacidos
vivos. Por medio del parentesco con
el jefe del hogar se conocen los roles
que desempeñan las personas, y
particularmente en las mujeres que
han sido madres, se pueden identicar
relaciones que constituyen un apoyo
inmediato para la crianza de sus hijos.
La mayoría de las madres son esposas o
compañeras del jefe del hogar (54.6%),
mientras que una de cada cuatro
(24.8%) son jefas del hogar y 9.9% son
hijas. De las jefas del hogar, la mayoría
son separadas, divorciadas, viudas o
solteras (69%); mientras que las madres
que son hijas, 7.1% son adolescentes de
12 a 19 años, y de estas, 81.4% no asisten
a la escuela (INEGI, 2016a).
Por otra parte, las mujeres de 20 a
34 años son las que tienen el mayor
número de embarazos, empero también
representan el mayor porcentaje de
Referentes
teóricos y
contextuales
Situación de la mujer
y la maternidad en
México
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abortos con 56%, cifra que se incrementa a 75%
cuando se incluyen a las mujeres de 35 a 39 años; es
importante mencionar que algunas muertes fetales
y causas de aborto espontáneo, así como otras
complicaciones durante el periodo del embarazo
pueden prevenirse o tratarse si la mujer recibe
atención prenatal, que tiene el objetivo de vigilar el
desarrollo gestacional, identicar factores de riesgo
como antecedentes heredo familiares, personales
patológicos y no patológicos, identicar los riesgos
fetales y preparar a la mujer para el proceso del parto,
puerperio y atención al recién nacido (INEGI, 2016a).
Con base en la Encuesta Nacional de la Dinámica
Demográca 2014 (ENADID) un 97.2% de las mujeres
reciben atención prenatal, y un promedio de 8.5
consultas durante el embarazo; durante el primer
trimestre reciben 2.6 consultas; en el segundo
trimestre, 3.1 y en el último trimestre, 3.7 consultas
de revisión prenatal (INEGI, 2016a).
El periodo posterior al parto es llamado puerperio
o cuarentena (abarca 40 días en promedio), y se
caracteriza por el regreso del cuerpo de la mujer a un
estado similar previo al embarazo. En este periodo
pueden presentarse situaciones de riesgo, entre
las principales causas de mortalidad materna se
encuentran las hemorragias graves (INEGI, 2016a).
De igual manera con base a la Encuesta Nacional de
Ocupación y Empleo (ENOE), en el cuarto trimestre
de 2015, la tasa de participación económica de las
mujeres de 15 años y más con al menos un hijo nacido
vivo fue de 44.2%, de las cuales, 96.7% combina sus
actividades extra-domésticas con los quehaceres
domésticos; el 16.3% labora en instituciones. La tasa
de participación económica más alta se da entre las
madres solteras (70.9%), le siguen las divorciadas
(67.6%) y las separadas (66.5%); en tanto que las que
se encuentran en unión libre y casadas muestran una
tasa de 41% y 39.7% (INEGI, 2016a).
En el contexto anterior Tobío (2002), menciona que
algunas de las estrategias utilizadas por las madres
para hacer compatible trabajo y familia son: un 26.7%
requieren del apoyo de su familia, 24.7% la ayuda
de su pareja, el 10.2% el apoyo de otros miembros
de la familia, un 9.2% la ayuda doméstica y un 7.8%
requieren contar con un horario de trabajo exible.
Es así que el 27.5% de mujeres ocupadas y con hijos
laboran por cuenta propia, un 2.8% emplea, el 27.5%
no recibe remuneración por su trabajo y el 62.6% son
subordinadas y remuneradas. De estas, 17.7% trabaja
más de 48 horas a la semana; 47.3% gana menos de
dos salarios mínimos y un 12.3% de estas no tiene
acceso a servicios de salud por su trabajo, 44.3% no
cuenta con un contrato y, además muchas mujeres
trabajadoras no cuentan con la protección de alguna
institución de seguridad social (INEGI, 2016a).
De acuerdo con Tobío (2002) “Entre el mundo
del trabajo y el mundo de la familia, más que
conciliación, hay hoy una relación de contradicción,
cotidianamente experimentada por las madres
trabajadoras” (p. 184).
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En materia de derechos para las madres tra-
bajadoras existen diferentes ordenamientos
a nivel internacional y nacional los cuales a
continuación se reeren.
En la Declaración Universal de Derechos Hu-
manos, en su artículo 25, fracción II se asume
que “la maternidad y la infancia tienen derecho a
cuidados y asistencia especiales. Todos los niños,
nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tie-
nen derecho a igual protección social” .
También la Convención sobre la Eliminación
de todas las formas de Discriminación contra
la Mujer el cual es considerado un Tratado
Internacional, en su artículo 11 dicta que
1. Los Estados partes adoptarán todas las me-
didas apropiadas para eliminar la discrimina-
ción contra la mujer en la esfera del empleo a
n de asegurar, en condiciones de igualdad en-
tre hombres y mujeres, los mismos derechos,
en particular:
a. El derecho al trabajo como derecho
inalienable de todo ser humano;
b. El derecho a las mismas oportunidades
de empleo, inclusive a la aplicación de los
mismos criterios de selección de cuestiones
de empleo;
c. El derecho a elegir libremente profesión y
empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad
en el empleo y a todas las prestaciones y
otras condiciones de servicio, y el derecho
al acceso a la formación profesional y al
readiestramiento, incluido el aprendizaje, la
formación profesional y el adiestramiento
periódico;
d. El derecho a igual remuneración, inclusive
prestaciones, y a igualdad de trato con
respecto a un trabajo de igual valor, así
como a igualdad de trato con respecto a la
evaluación de la calidad de trabajo;
e. El derecho a la seguridad social, en
particular en casos de jubilación, desempleo,
enfermedad, invalidez, vejez u otra
incapacidad para trabajar, así como el
derecho a vacaciones pagadas;
f. El derecho a la protección de la salud y a
la seguridad en las condiciones de trabajo,
incluso la salvaguardia de la función de
reproducción.
2. A n de impedir la discriminación contra
la mujer por razones de matrimonio o
maternidad y asegurar la efectividad de su
derecho a trabajar, los Estados Partes tomarán
medidas adecuadas para:
a. Prohibir, bajo pena de sanciones, el
despido por motivo de embarazo o licencia
de maternidad y la discriminación en los
despidos sobre la base de estado civil;
b. Implantar la licencia de maternidad con
sueldo pagado o con prestaciones sociales
comparables sin pérdida del empleo previo,
la antigüedad o benecios sociales;
c. Alentar el suministro de los servicios
sociales de apoyo necesarios para permitir
que los padres combinen las obligaciones
para con la familia con las responsabilidades
del trabajo y la participación en la vida
pública, especialmente mediante el fomento
de la creación y desarrollo de una red de
servicios destinados al cuidado de los niños;
d. Prestar protección especial a la mujer
durante el embarazo en los tipos de trabajos
que se haya probado puedan resultar
perjudiciales para ella”.
1
Vid. http://www.un.org/es/documents/udhr/
2
Vid. http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/
text/sconvention.htm
Marco
Jurídico
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Así, la maternidad es un hecho jurídico relacionado
con la reproducción del ser humano, del cual, las
mujeres como trabajadoras tienen derecho a la
protección por su condición de madres, y no resulta
aceptable la limitación, restricción o privación de sus
derechos laborales con motivo de la maternidad.
A nivel nacional el artículo 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona
que: “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y
socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación
de empleos y la organización social de trabajo,
conforme a la ley”. En este mismo artículo en la
fracción V se decreta que:
“Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos
que exijan un esfuerzo considerable y signiquen un
peligro para su salud en relación con la gestación; goza¬rán
forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la
fecha jada aproximadamente para el parto y seis semanas
posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y
conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido
por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán
dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada
uno para alimentar a sus hijos”.
Por su parte la Ley Federal del Trabajo en su Título
Quinto reere al Trabajo de las Mujeres, en sus
artículos 164-172 contiene diversas disposiciones que
protegen a la mujer y evita su discriminación en el
ámbito laboral.
Por su parte el artículo 2 de la Ley Federal para para
Prevenir la Discriminación menciona que:
“Corresponde al Estado a promover las condiciones
para que la libertad y la igualdad de las personas
sean reales y efectivas; en su artículo cuarto dice
que se entenderá por discriminación toda distinción,
exclusión o restricción que, basada en el origen étnico
o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social
o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua,
religión, opiniones, preferencias sexuales, estado
civil o cualquier otra, que tenga por efecto impedir o
anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y
la igualdad real de las oportunidades de las personas”,
Esta misma Ley en su artículo 9 fracción III y IV
menciona que “se consideran como conductas
discriminatorias: prohibir la libre elección de empleo o
restringir las oportunidades de acceso, permanencia y
ascenso en el mismo, así como establecer las diferencias
en la remuneración, las prestaciones y las condiciones
laborales para trabajos iguales”.
A nivel nacional también contamos con dos Normas
Ociales Mexicanas, la NOM-007-SSA2-2016 , para
la atención de la mujer durante el embarazo, parto
y puerperio, y de la persona recién nacida; y la
NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No
Discriminación, la cual es un mecanismo de adopción
voluntaria para reconocer a los centros de trabajo que
cuentan con prácticas en materia de igualdad laboral
y no discriminación, para favorecer el desarrollo
integral de las y los trabajadores; está dirigida a todos
los centros de trabajo públicos, privados y sociales
establecidos en la República Mexicana, de cualquier
tamaño, sector o actividad.
Desde otra perspectiva, la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) maniesta que la protección de la
maternidad en el trabajo tiene dos objetivos:
1. Conservar la salud de la madre y su recién nacido; y
2.proporcionar una medida de seguridad económica
a las mujeres concernidas y a sus familias.
Así, no importando el ocio que desempeñe, la mujer
madre trabajadora debe ser procurada y protegida,
3
Vid. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
4
Vid. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio
pdf/125_120615.pdf
5
Vid. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/262.pdf
6
Vid. http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/
VIH/Leyes%20y%20normas%20y%20reglamentos/Norma%20
Ocial%20Mexicana/NOM-007-SSA2-2016%20Embarazo,%20
parto%20y%20puerperio.pd
7
http://www.gob.mx/inmujeres/documentos/norma-
mexicananmx-r025-sc-2015-en-igualdad-laboral-y-no-
discriminacion
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Figura 1. Elementos centrales de la protección de la maternidad
en el trabajo
Fuente: elaboración propia con base en OIT, 2010.
A pesar de las consideraciones y derechos
mencionados anteriormente, Moctezuma, Narro
& Orozco (2014) resaltan que las mujeres ocupadas
perciben un salario menor al de los hombres en
empleos similares. En el país, el porcentaje de
mujeres que gana menos de un salario mínimo es casi
el doble que el de los hombres. En cambio, por cada
mujer que gana más de cinco salarios mínimos hay 1.3
hombres en la misma condición.
Además de lo anterior, según datos de la Encuesta
Nacional de Empleo y Seguridad Social (ENESS)
2013, un problema al que se enfrentan las madres
trabajadoras es el cuidado de sus hijos pequeños en
horario laboral; ya que del total de niños menores de
siete años y que su mamá trabaja: 31.1% se encuentran
al cuidado de su abuela, 25.3% su mamá lo lleva al
trabajo, 12.9% están en una institución educativa,
17.4% se encuentra al cuidado de su papá o de otro
familiar, 9.4% son asistidos por una guardería (pública
o privada), 2.8% lo deja con una persona que no es
familiar, o el 0.5% lo deja solo (INEGI, 2016a).
De acuerdo con los ordenamientos mencionados,
consideramos que la igualdad jurídicamente debe
reconocer la diferencia entre hombres y mujeres,
tratando a la mujer con las mismas consideraciones
y respeto que al varón, pero con atención principal
por motivo de la maternidad, y precisamente durante
el periodo de procreación. La protección se justica,
en primer lugar, porque toda persona tiene derecho
a la salud, en segundo lugar, la Ley protege la
organización y el desarrollo de la familia, y en tercer
lugar, la maternidad tiene una función social vital
como medio de continuar la descendencia humana.
Tal situación y lo que viene por añadidura (cuidado
infantil y trabajo extra-doméstico) debieran ser
considerados por los encargados de evaluar el
desempeño, en el caso que nos atañe en este trabajo,
a las mujeres madres académicas.
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Respecto a los sistemas de estímulos
(o incentivos) en las Universidades,
éstos son producto de una política
nacional para promover una
educación de calidad. Su fundamento
es el desarrollo (económico, social
y cultural) del país con base en el
reconocimiento y la promoción de
los profesores e investigadores en las
Instituciones de Educación Superior,
Comas & Rivera (2011) llevan
los orígenes de estos sistemas
al Programa de Modernización
Educativa del sexenio 1989-1994, en el
cual se introdujo la deshomologación
salarial de los académicos, así en
este Programa se consideró que
“la evaluación de las instituciones
y de los productos del trabajo de
los académicos eran los elementos
básicos para cumplir con las metas de
calidad y productividad en docencia
e investigación y permanencia en la
institución” (p. 44).
El diseño y puesta en marcha de los
sistemas de estímulos obedecen a
múltiples causas, desde nivelar el
salario de los académicos, incrementar
la productividad, promover la re-
categorización, hasta volver atractivo
el ocio.
No obstante lo anterior, en la búsqueda
racional de un impacto positivo para
las instituciones a las cuales están
adscritos los académicos, muchas
veces quedan en duda los procesos
de evaluación en las Comisiones
destinadas a tal n; así como también
el desempeño de los académicos,
quienes muchas veces se guían por el
incentivo económico, más que en la
calidad de los productos de su trabajo.
Dependiendo de la institución se
evalúan y ponderan las distintas
actividades en las cuales se desempeña
un académico, sin embargo existen 3
puntos coincidentes: investigación,
docencia y vinculación, funciones
sustantivas de cualquier Institución de
Educación Superior.
Teniendo en cuenta que el objetivo
general de los Programas de
Estímulos al Desempeño es reconocer
económicamente a los profesores
e investigadores por su dedicación
y calidad en el desarrollo de sus
actividades académicas y dado que
la maternidad no se considera en la
mayoría de ellos, consideramos que
existe una gran omisión que afecta a
los derechos de la mujer.
Lo anterior dado que, como
se mencionó anteriormente,
la maternidad merece un trato
especial, no sólo para garantizar
mejores condiciones para la madre
trabajadora, sino también porque el
bien universal que tutela es el derecho
a la vida, en este caso el derecho que
le corresponde a todo ser humano, en
el momento de gestación de su hijo.
Además de lo anterior, es menester
considerar a las mujeres como
madres, en cuanto a los signicativos
cambios siológicos, metabólicos,
psicológicos e inclusive morfológicos
que se producen en su cuerpo, los
cuales están encaminados a proteger,
nutrir y permitir el desarrollo del bebé,
todo lo cual se encuentra amparado
en la Ley.
Sistemas de
Estímulos
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Para la realización de este trabajo de
investigación, se diseñó una entrevista
semiestructurada de 8 preguntas
dividida en tres ejes: competitividad,
clima laboral y factores de desigualdad.
Se aplicó a un total de 12 investigadoras
miembros del Sistema Nacional de
Investigadores de una dos entidades
académicas pertenecientes a la
Universidad de Guanajuato, de las
cuales el 70% son madres y 50% son
solteras (30% de éstas son divorciadas).
Con base en el análisis de contenido de
los testimonios recabados para el eje
de factores de desigualdad, pudimos
rescatar las principales problemáticas a
las cuales se enfrentan estas mujeres,
donde en general consideran que el
trabajo es arduo y lo realizan con mucha
entrega pues es una de sus pasiones y
mucho trabajo les ha costado llegar
hasta donde están; sin embargo, esto
implica el abandono de tres ámbitos:
a) la familia; b) los amigos; y c) el
bienestar personal.
Además de lo anterior, el tema de
la competencia que tienen frente a
los varones a veces se percibe como
dispareja, en el sentido de que no hay
comparación, por ejemplo en el tiempo
disponible que tienen para cuestiones
laborales o cuestiones personales, ya
que para la mujer se da la doble jornada
que implica el trabajo doméstico no
remunerado.
Resalta en las entrevistas también la
percepción de las académicas madres
trabajadoras el hecho de que muchas
veces no se reconoce su trabajo, y que
por el contrario se minoriza, por el
simple hecho de ser mujeres.
Así como lo menciona Rossiter (1993),
en el ámbito de la Ciencia, la mujer sufre
constantemente de discriminación,
falta de reconocimiento e inclusive la
negación de sus aportaciones, situación
que ha sido denida como el “efecto
Matilda”.
En el trabajo de campo resalta también
el caso de una académica a la que
la Comisión que debía evaluar el
expediente para su Beca al Desempeño,
negó siquiera la revisión del expediente,
argumentando que no cumplió con la
carga mínima necesaria por semestre
para dar clase, no obstante que en
el expediente iba la incapacidad por
maternidad de la profesora, quien
efectivamente no impartió clases
frente a grupo 3 meses, periodo de
cuidados pre y post parto, lo cual está
amarado por la Ley.
Este y otros testimonios fueron
recabados, y todos apuntan a
situaciones de discriminación e inclusive
menosprecio a la actividad académica
de las mujeres.
Historias de
académicas
mujeres
madres
trabajadoras
Management Review
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Vol.2 No.2 2017
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Para la realización de este trabajo de
investigación, se diseñó una entrevista
semiestructurada de 8 preguntas
dividida en tres ejes: competitividad,
clima laboral y factores de desigualdad.
Se aplicó a un total de 12 investigadoras
miembros del Sistema Nacional de
Investigadores de una dos entidades
académicas pertenecientes a la
Universidad de Guanajuato, de las
cuales el 70% son madres y 50% son
solteras (30% de éstas son divorciadas).
Con base en el análisis de contenido de
los testimonios recabados para el eje
de factores de desigualdad, pudimos
rescatar las principales problemáticas
a las cuales se enfrentan estas mujeres,
donde en general consideran que el
trabajo es arduo y lo realizan con mucha
entrega pues es una de sus pasiones
y mucho trabajo les ha costado llegar
hasta donde están; sin embargo, esto
implica el abandono de tres ámbitos: a)
la familia; b) los amigos; y c) el bienestar
personal.
Además de lo anterior, el tema de
la competencia que tienen frente a
los varones a veces se percibe como
dispareja, en el sentido de que no hay
comparación, por ejemplo en el tiempo
disponible que tienen para cuestiones
laborales o cuestiones personales, ya
que para la mujer se da la doble jornada
que implica el trabajo doméstico no
remunerado.
Resalta en las entrevistas también la
percepción de las académicas madres
trabajadoras el hecho de que muchas
veces no se reconoce su trabajo, y que
por el contrario se minoriza, por el
simple hecho de ser mujeres.
Así como lo menciona Rossiter (1993),
en el ámbito de la Ciencia, la mujer sufre
constantemente de discriminación,
falta de reconocimiento e inclusive la
negación de sus aportaciones, situación
que ha sido denida como el “efecto
Matilda”.
En el trabajo de campo resalta también
el caso de una académica a la que
la Comisión que debía evaluar el
expediente para su Beca al Desempeño,
negó siquiera la revisión del expediente,
argumentando que no cumplió con la
carga mínima necesaria por semestre
para dar clase, no obstante que en
el expediente iba la incapacidad por
maternidad de la profesora, quien
efectivamente no impartió clases frente
a grupo 3 meses, periodo de cuidados
pre y post parto, lo cual está amarado
por la Ley.
Este y otros testimonios fueron
recabados, y todos apuntan a
situaciones de discriminación e inclusive
menosprecio a la actividad académica
de las mujeres.
Conclusiones
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